Reseña del Conversatorio: “Origen e intencionalidad de Ley Especial de Lotificaciones”
12 de marzo de 2015
El pasado 12 de marzo se desarrolló en la Casa de la Cultura de Santiago Nonualco, un conversatorio sobre el origen e intencionalidad de la Ley Especial de Lotificaciones y Parcelaciones de Uso Habitacional (LELPUH), con la participación de representantes de lotificaciones informales ubicadas en la Región Los Nonualcos y representantes de instituciones estatales relacionadas con la implementación de dicha Ley en la región.
Se contó con la ponencia de dos especialistas en el tema: Edín Martínez, ExViceministro de Vivienda y Desarrollo Urbano, y Eduardo Barrientos, ex asesor técnico del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU). Ambos formaron parte de la formulación de la propuesta de Ley aprobada en 2012, por lo que nutrieron sus ponencias a partir de la experiencia como involucrados directos en este proceso.
Según estimaciones realizadas al momento de formular la LELPUH, existen alrededor de 3,000 lotificaciones en el país, de las cuales solo 900 están registradas; esto equivale a unos 175 mil lotes a nivel nacional.
La Paz es el cuarto departamento del país con mayor cantidad de lotificaciones informales, OPLAGEST Los Nonualcos ha identificado más de 350 lotificaciones en la región.
Si bien las lotificaciones pueden constituir una alternativa habitacional para las familias salvadoreñas, se ha generado un problema de fuertes dimensiones por el histórico accionar de un mercado informal de lotificaciones que ha originado graves precariedades en las condiciones habitacionales de las familias lote-habientes en El Salvador. Las lotificaciones informales suelen albergar a familias de escasos recursos económicos, quienes no tienen acceso a una vivienda o a un entorno habitacional adecuado.
La comercialización de lotes que no están avalados por las instancias respectivas para convertirse en lotificaciones formales, conlleva carencias en cuanto a la seguridad jurídica, infraestructura de servicios básicos, accesibilidad, y seguridad física en términos medioambientales y estructurales de la vivienda.
Seguridad jurídica: las familias que después de pasar 10 a 12 años pagando las cuotas de sus lotes con grandes esfuerzos, se encuentran que no pueden registrarlos a su nombre.
Falta de servicios básicos: estos lotes carecen de los servicios elementales para la vida de una familia como el agua potable y sistemas necesarios para el saneamiento ambiental.
Accesibilidad: precarias vías de acceso que dificultan la movilidad de la población y acceso a servicios como salud o educación.
Inseguridad física: se generan condiciones de riesgo por la ubicación de las lotificaciones en área no apropiadas para habitar o por la falta de obras de mitigación necesarias en los terrenos.
Daño ambiental: la deforestación generada, y el crecimiento de lotificaciones sin tener en cuenta los planes territoriales y la vocación del uso de suelo genera fuertes desequilibrios ambientales en el territorio.
Todas estas carencias entre otras, además de afectar la vida de las familias, traslada fuertes presiones a los gobiernos municipales para solventar las carencias generadas.
Ante esta problemática, la Ley se plantea como un instrumento legal que pretende regularizar la situación de las lotificaciones informales existentes y a desincentivar la práctica de la ilegalidad, la informalidad y la irregularidad en el mercado de lotificaciones; es decir, solventar la situación de las lotificaciones informales existentes y conducir a los agentes del mercado informal de lotificaciones a que formalicen y legalicen su funcionamiento, con el fin de evitar nuevos atropellos al derecho de las familias lote-habientes por un hábitat adecuado, seguro y de calidad.
El articulado de la Ley define responsabilidades que deben asumir instituciones centrales y descentralizadas del Estado, como actores que deben implementar la Ley, y establece un marco de compensaciones y sanciones al que deben someterse los desarrolladores parcelarios debido a previas y nuevas violaciones al marco jurídico vigente.
Con tres años de vigencia de la Ley, resultó difícil para los ponentes afirmar que su verdadera intencionalidad se haya cumplido a cabalidad hasta la fecha. Se hizo énfasis en la necesidad de fortalecer capacidades, coordinaciones y vínculos comunicativos entre instituciones competentes, con el fin de garantizar la aplicación de la Ley en función del beneficio de las familias más desposeídas.
Se hizo énfasis en la necesidad de que la población lote-habiente esté informada sobre este proceso desde su caso particular y demande a las instituciones pertinentes la asesoría y acompañamiento respectivo, ya que la Ley fue creada pensando “en el mayor beneficio del lote-habiente”, a diferencia de anteriores esfuerzos similares. Involucrarse más activamente en la regularización de su asentamiento les permitirá tener un papel más protagónico en futuros procesos de incidencia por una mejor implementación de la Ley o, inclusive, hacia la elaboración de propuestas de reformas en las que se priorice, desde un enfoque de derecho, favorecer a la población, el sector más afectado por la problemática.
Con estas conclusiones, finalizó la jornada como un esfuerzo conjunto entre FUNDASAL y la Asociación Los Nonualcos (ALN), instancia regidora de la gestión territorial en la Región de Los Nonualcos. El conversatorio es parte de una iniciativa de estudio sobre la efectividad de la aplicación de la Ley a favor de la regularización de lotificaciones informales dentro de la Región.
Para finalizar, se invitó a todos los participantes a futuras actividades para generar propuestas que garanticen una aplicación más efectiva de la Ley, con el fin de hacer incidencia ante las instituciones que les compete implementar el articulado de la misma.